La Matanza es sin duda, uno de los partidos más poblados del conurbano bonaerense. Muchos somos los bibliotecarios que allí desarrollamos nuestra tarea, en diferentes tipos de bibliotecas. Este es un espacio creado para que todos los bibliotecarios de La Matanza, podamos comunicarnos y compartir información inherente a nuestra tarea. Un espacio, que esperamos gane la participación de todos los trabajadores de la información.
2011/04/12
CONSERVACION DEL PATRIMONIO DOCUMENTAL
Nociones de Bien y Patrimonio Documental / Conservación - Intervención - Restauración / Agentes de deterioro internos y externos / Daños presentes en nuestras colecciones / El libro como transmisode enfermedades / criterios en el manejo de las colecciones (salud)
2011/04/02
Sábado 09/04/2011 - 16hs.
Bibliotecaria a cargo: María Sol Tuero
Lugar: Guaminí 5238, Centro Cultural "Compañero Eduardo O. Seguezzo", Ciudad de Buenos Aires.
Temas: Instalación del paquete en Windows y en distribuciones Debian, hipervínculos, trabajo con imágenes, diseño.
Conocimientos previos necesarios: manejo básico de internet ; manejo básico de algún procesador de texto.
Duracion: 2hs ;
Bono contribución a elección: $10,-
Traer: pendrive para llevarse tutoriales, mate y galletitas para compartir.
Informes e inscripción: talleres.sindicato@gmail.com
De la permanencia del docente durante las horas especiales
Eliminación del punto 11 del inciso “d” del artículo 145 del decreto 619/90 del Reglamento General de Escuelas Públicas,
Biblioteca NO es una hora especial
(mucho menos, ese mal invento llamado "hora del cuento").
Transcurrido treinta días de firmado, en febrero de 2007 entró en vigencia el primer acuerdo de paritarias.
-Los maestros no deben estar presentes durante el desarrollo de clases especiales o de apoyo (educación física, artística).
-Además, se incorporó al Instructor de Formación Profesional al Estatuto Docente.
Es así que, tras el acuerdo firmado el pasado 15 de febrero en paritarias, se consiguió la eliminación del punto 11 del inciso “d” del artículo 145 del decreto 619/90 del Reglamento General de Escuelas Públicas, que establecía que los maestros debían permanecer durante el desarrollo de las clases especiales o de apoyo.
A su vez, se incorporó en el artículo 11 de la ley 10.579 (Estatuto del Docente), el inciso a, ítem XV la figura del _Profesor, instructor de Formación Profesional_
De acuerdo con lo establecido en el Art. 15 de ley de Paritarias docentes bonaerenses Nº 13.552: _El acuerdo regirá formalmente a partir del día siguiente al de su publicación o a los treinta días de la fecha de su suscripción.
http://abc.gov.ar/docentes/paritarias/acuerdosparitarios.pdf